Uruguay cumplió con el compromiso de eliminar o enmendar los regímenes fiscales preferenciales

Uruguay cumplió con el compromiso asumido frente a la OCDE de hacer los cambios legislativos necesarios para eliminar o enmendar los regímenes fiscales preferenciales, con la finalidad de que sean considerados como “no perjudiciales”.

El pasado 24 de enero, el Marco Inclusivo sobre BEPS (integrado por 127 jurisdicciones, incluyendo a Uruguay) aprobó nuevos resultados respecto de las revisiones realizadas sobre regímenes fiscales preferenciales que eran considerados perjudiciales de acuerdo a los requerimientos orientadores de la acción 5 del Plan BEPS, la cual pregona “combatir las prácticas tributarias perniciosas, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia”.

En el caso de Uruguay, el régimen de Zonas Francas y los beneficios fiscales otorgados al software y biotecnología, eran considerados perjudiciales por la OCDE, por lo que fue necesaria una reestructuración de ambos regímenes. Mediante la Ley N° 15.966 y Decreto Reglamentario N° 309/018, se modificó el régimen de Zonas Francas (ver nota), y mediante la Ley N° 19.637 y Decretos Reglamentarios N° 244/018 y N° 305/018, se ajustaron los beneficios otorgados a la industria del software y biotecnología (ver nota). Ambos regímenes fueron enmendados con el principal objetivo de cumplir con los requisitos exigidos por la referida acción 5 del Plan BEPS.

En el análisis de los regímenes fiscales preferenciales en Uruguay, que previamente eran considerados perjudiciales, se concluyó que los mismos fueron enmendados y por lo tanto ahora son considerados como “no perjudiciales”.

Para acceder a la tabla de resultados de la revisión entre pares (en inglés), ingrese al siguiente link: Harmful Tax Practices – Peer Review Results on Preferential Regimes

Para acceder a informe completo (en inglés), ingrese al siguiente link: Harmful Tax Practices ‑ 2018 Progress Report on Preferential Regimes

 

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