Panamá dejaría de ser una jurisdicción “BONT”
Con fecha 24 de abril de 2018, el Poder Ejecutivo dictó un nuevo decreto mediante el cual se excluirá a la República de Panamá de la nómina de jurisdicciones de Baja o Nula Tributación (“BONT”) incluida en el artículo 3° del Decreto N°56/009 del 26 de enero de 2009 y de la nómina elaborada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N°40/017 del 13 de febrero de 2017, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Identificación y notificación de Uruguay como socio para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras por la Autoridad Competente de Panamá a la Secretaría del Cuerpo Coordinador del Acuerdo Multilateral de Autoridades competentes para el Intercambio Automático de Información sobre cuentas Financieras con anterioridad al 15 de mayo de 2018 y siempre dicha información incluya la correspondiente al año 2017.
- Exclusión de Uruguay de la nómina de países incluido en la lista de retorsión emitida por los Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas y Comercio e Industria de Panamá.
Dicha exclusión se enmarca en el hecho de que con fecha 8 de marzo de 2018, la Uruguay fue incluido en la lista de retorsión emitida por los Ministerios de Economía y Finanzas, Relaciones Exteriores y de Comercio e Industrias de Panamá. La lista de retorsión incluye aquellos países que aplican medidas discriminatorias o restrictivas a Panamá y que afectan sus intereses económicos y comerciales.
Asimismo, Uruguay ha llegado a un acuerdo preliminar con Panamá para implementar el intercambio automático de información sobre cuentas financieras y para que esta incluya la correspondiente al año 2017, condiciones que se fijaron como indispensables para que aplique la exclusión de Panamá en la lista de jurisdicciones “BONT”.
La fecha efectiva de la exclusión de Panamá de las listas aludidas será la de la última comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores por parte de su homólogo en Panamá de que se ha cumplido con las condiciones comentadas anteriormente.
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