Tramitación de residencia para nacionales del MERCOSUR y familiares de uruguayos de origen extranjero
La Ley Nº 19.254, publicada en el Diario Oficial el 4 de setiembre de 2014, tiene como objetivo fundamental facilitar la tramitación y obtención de la residencia permanente en nuestro país a extranjeros que sean cónyuges, concubinos con trámites judiciales realizados en Uruguay, padres, hermanos y/o nietos de nacionales uruguayos y a los nacionales de los Estados Parte y Asociados del MERCOSUR.
La mencionada Ley representa el continuo desarrollo e implementación de una política migratoria basada en una perspectiva de derechos y en línea con los compromisos internacionales asumidos por el país.
El trámite es personal y puede ser iniciado en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Montevideo si el interesado se encuentra en el territorio nacional, o en cualquier Oficina Consular de carrera de nuestro país en el exterior antes de que el interesado ingrese al país.
Los extranjeros alcanzados por esta ley podrán tramitar su residencia en un plazo considerablemente más breve y presentar menos documentación (únicamente deberán acreditar los antecedentes penales del país en que residió los últimos 5 años) que el aplicable a otros extranjeros quienes en cambio, deberán tramitar su residencia ante el Ministerio del Interior (Dirección Nacional de Migración) y acreditar medios de vida y carnet de salud.
Si Ud. desea tramitar su residencia o requiere de información adicional, sírvase contactarse con su asesor en BGL o envíe un email a info@bglasesores.com.