Exigibilidad de informes de auditoria/revisión limitada en Uruguay
En Uruguay solamente son exigibles los informes de auditoria o de revisión limitada si se configuran las siguientes situaciones por parte de la empresa.
Requerimientos según Dirección General de Impositiva (“DGI”)
* Grandes Contribuyentes: siempre se necesita informe de auditoria que se presenta junto a la declaración jurada anual de impuestos.
* Empresas CEDE (“Control Especial de Empresas”): siempre que su activo supere las UR 6.000 (US$ 180.000 aprox.) se debe tener un informe de revisión limitada, el cual solamente será presentado si así lo exigiere la DGI
* Empresas NO CEDE: no existen requerimientos.
* Empresas de Zonas Francas (“ZF”): de acuerdo a la Resolución 1859/008 de la DGI, los usuarios directos e indirectos de ZF deben de presentar una declaración jurada anual de sus estados contables y anexos. Estos deben ser preparados de acuerdo a normas contables adecuadas en Uruguay y deben ser acompañadas de informe profesional:
a) Si sus activos son mayores a UR 30.000 (US$ 900.000 aprox.) o ingresos operativos netos mayores a UR 100.000 (US$ 3.000.000 aprox.): Informe de Auditoria.
b) Para los demás: Informe de Revisión Limitada.
c) De no tener actividad: certificado de no actividad firmado por Contador Público.
Requerimiento general del Banco Central del Uruguay:
Si tiene endeudamiento con el sistema financiero durante el ejercicio:
* Inferior al 5% del valor de la RPBB (“Responsabilidad Patrimonial Básica para Bancos”), los estados contables deberán acompañarse de informe de compilación (menor a US$ 750.000 aprox.).
* Igual o supere el 5% de la RPBB, los estados contables deberán acompañarse de informe de revisión limitada, el que deberá realizarse por profesional independiente y conforme a lo establecido en el Pronunciamiento Nº 5 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay (entre US$ 750.000 y US$ 2.200.000 aprox.).
* Igual o supere el 15% de la RPBB, los estados contables deberán acompañarse de informe de auditoría emitido por profesionales independientes y de acuerdo a las normas de auditoría generalmente aceptadas (mayor a US$ 2.200.000 aprox.).
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