Argentina denuncia el tratado con Chile
El pasado 29 de junio de 2012 el gobierno argentino notificó a su par chileno su decisión de dar por terminado el tratado para evitar la doble tributación entre ambos países vigente desde 1976, considerando que el mismo estaba siendo objeto de abusos.
A diferencia de otros tratados fiscales de Chile, que se basan en el modelo de la OCDE, el tratado de Argentina en general, asigna al país donde los ingresos son obtenidos el derechos a gravarlos.. En el marco del Protocolo al Tratado, el patrimonio neto, que constituye las acciones o participaciones en el capital de una empresa pueden someterse a imposición sólo por el país en el que el inversor es residente, con el resultado de que los chilenos residentes están exentos del impuesto argentino sobre el patrimonio neto respecto de estos activos.
El artículo 26 del Tratado permite a cualquiera de los Estados darlo por terminado en cualquier momento dando aviso por escrito entre el 1 de enero y el 30 de junio. El tratado se mantendrá en efecto hasta el 31 de diciembre de 2012. En lo que respecta a las empresas, los beneficios del tratado estará disponible para las ganancias, ingresos, beneficios o capitales obtenidos durante el año fiscal en que se notificó la terminación del tratado. Por lo tanto, los ingresos de fuente argentina obtenidos por sociedades residentes en Chile del 1° de enero de 2013 ya no tendrán derecho a las prestaciones en virtud del tratado, y viceversa.
La terminación del tratado podría tener consecuencias negativas para las empresas que utilizan el tratado entre Argentina y Chile para estructurar sus inversiones en América Latina. Por ejemplo, los dividendos pagados por una empresa argentina ya no será ingreso no tributable en Chile y podría aplicarse una retención de impuestos sobre los pagos efectuados por las empresas chilenas a la Argentina, y viceversa.
No está claro en este momento si los dos países van renegociar un nuevo tratado.
Fuente: Deloitte