Se extiende el plazo para informar a los beneficiarios finales al BCU

El día de ayer, el Poder Ejecutivo decretó la prórroga del plazo para presentar las declaraciones juradas identificando a los beneficiarios finales de las entidades obligadas a informar por Ley N°18.930 (por ejemplo: entidades con emisión de participaciones al portador) hasta el 31 de octubre de 2017.

El decreto reglamentario N°166/017 de la ley 19.484 exigía a las entidades obligadas a informar al Banco Central del Uruguay por ley 18.930 identificar a sus beneficiarios finales previo al 30 de setiembre de 2017 (ver nota). Teniendo en cuenta las dificultades prácticas que los obligados estaban atravesando para cumplir con su obligación en tiempo y forma, la Asociación de Escribanos del Uruguay solicitó la prórroga del plazo establecido en dicho decreto reglamentario.

Considerando la importancia y el interés del Poder Ejecutivo en que los obligados cumplan con su obligación en tiempo y forma, y que el cumplimiento tardío de la obligación expone a las entidades a sanciones de importancia, se resolvió declarar que las declaraciones presentadas hasta el 31 de octubre de 2017, se tendrán como presentadas en tiempo (ver decreto).

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